En este momento se encuentra en proceso de construcción la Circular 03 de 2017 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) “Por la cual se incorporan unos medicamentos al régimen de control directo con fundamento en la metodología de la Circular 03 de 2013 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, se fija su Precio Máximo de Venta y se dictan otras disposiciones”.
Al analizar el articulado llama nuestra atención y causa alta preocupación lo contenido en el artículo 3 pues según interpretamos se traduce en:
- La exclusión de 1581 medicamentos del régimen de control directo de precios excepto para propósitos de reconocimiento y pago por parte del FOSYGA, a pesar de pertenecer a mercados relevantes revisados en la presente Circular. (Artículo 3)
En lo que respecta al artículo 8, contiene una redacción confusa que da a entender que se excluyen del control directo 2830 medicamentos, sin embargo, al consultar con expertos nos explican que estos medicamentos al parecer nunca han sido regulados.
Por lo anterior, de la mano del CVCS solicitamos a la Comisión:
- Presentar la justificación técnica y valoración del impacto financiero sobre el sistema de salud de estos dos artículos a fin de dar transparencia al proceso de consulta pública de la Circular 03 de 2017, y ampliar el plazo de dicha consulta para poder analizar tales justificaciones;
- De no ser posible lo anterior eliminar los artículos 3º y 8º del proyecto de Circular 03 de 2017.
Hasta la fecha de publicación de este post no había novedades del proceso en la página del Ministerio ni respuesta a nuestra solicitud.
Continuamos monitoreando la emisión de esta circular esperando se corrijan los errores que han dificultado el análisis de los datos así como que se hagan los ajustes necesarios para mantener regulados los medicamentos que deben estarlo.
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