Vuelve y juega. Ya viene el reporte especial 301 del USTR (E.E. U.U.)

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En meses pasados, como ya es costumbre, el Representante de Comercio de los Estados Unidos (USTR), convocó a todos los interesados a enviar comentarios para la construcción de Informe Especial 301. Misión Salud desde 2014 concurre a esta convocatoria en convergencia con diversas posturas críticas.

¿Qué es el informe 301?

Es un reporte del Representante Comercial de Estados Unidos (equivalente al Ministerio de Comercio en Colombia) que busca específicamente “identificar una amplia gama de preocupaciones que limitan la innovación y la inversión”, en particular de las corporaciones y el gobierno, sobre socios comerciales vigentes (países que como Colombia han firmado acuerdos comerciales con este país). En específico el reporte aborda temas de propiedad intelectual, derechos de autor y acceso a mercado, los cuales son transversales al derecho al acceso a medicamentos y a los derechos digitales.

Cada año, esta oficina del gobierno estadounidense convoca a todos los actores interesados a enviar sus comentarios para la construcción del reporte del año inmediatamente anterior. El informe clasifica a los países que no se han “comportado bien” son clasificados en dos grupos de observación:

  • Watch list (Lista de observación)
  • Priority watch list (Lista de observación prioritaria)
El informe 301 en una imagen

A continuación presentamos las ideas centrales sobre este informe desde la perspectiva del acceso a medicamentos.

Infografía 301 2020

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¿Y qué tiene que ver con el acceso a los medicamentos?

El informe especial 301 es uno de los mecanismos (ver OCDE) que tienen las grandes multinacionales farmacéuticas de Estados Unidos para que su gobierno reprenda a los países en los que ellas tienen presencia comercial y que toman medidas que pueden afectar sus expectativas de lucro.

Por ejemplo, en el caso de Colombia, cada año cuestionan las medidas del gobierno en pro del acceso a medicamentos: declaraciones de interés público, Plan Nacional de Desarrollo, medicamentos biotecnológicos, etc.

De igual forma, este sector farmacéutico presiona para que los países acepten medidas que aumenten su posición monopólica, por ejemplo insistiendo en el otorgamiento patentes de segundos usos, o extendiendo el periodo de las mismas por diversas vías.

Dentro de los reconocimientos que el USTR ha concedido a Colombia en esta materia, vale la pena destacar:

  1. En 2018 apreció una “aclaración” que hizo el país ante la OCDE equivalente a que el Ministerio de Salud no ejercerá el derecho de oponerse a solicitudes de patentes inconvenientes para la salud pública.
  2. En 2018 aplaudió que Colombia considerara no tener en cuenta el precio de los medicamentos al otorgarles el registro sanitario (artículo 72), mecanismo que se había ideado para evitar el establecimiento de precios inasequibles de medicamentos a su entrada al mercado.

El informe 301 es un mecanismo que se ha utilizado como presión en contra de posibles decisiones del gobierno colombiano solicitadas por la sociedad civil para hacer uso de las salvaguardas de la salud pública contenidas en la normativa internacional (ADPIC), en caso concreto para el otorgamiento de licencias obligatorias para imatinib y medicamentos antivirales de acción directa para el tratamiento de la hepatitis C.

A través de este y otros mecanismos, las multinacionales farmacéuticas presentes en Colombia lograron que en 2017 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, emitiera el decreto 670, y de esta manera:

  1. Se eliminó la posibilidad de realizar Declaraciones de Interés Público (DIP) con fines de regulación de precios, lo que representa una restricción al gobierno para lograr ahorros en el sistema de salud por cuenta de las multinacionales farmacéuticas. (CVCS, 2017)
  2. Se restringió la emisión de licencias obligatorias,esto es, el ejercicio del derecho que tiene el Gobierno de autorizar a terceros para producir versiones genéricas de un producto patentado, siempre que sea necesario para asegurar a todos el acceso a tratamiento. (CVCS, 2017)

¿Qué hemos hecho?

La participación de la sociedad civil colombiana en este proceso se ha dado desde el 2011. La posición de la sociedad civil está unificada y de manera constante se insiste en la falta de legitimidad de este informe, dado que este es unilateral y busca atemorizar y presionar a los Estados que toman decisiones internas en pro de los derechos de sus ciudadanos.

A continuación los comentarios enviados para esta edición, de la mano de la Fundación Karisma, Centro ISUR de la Universidad del Rosario (Colombia) y la Fundación IFARMA.

Colombian Civil Society Organizations submission - 2020 Special 301 Review

Para conocer  nuestras participaciones de años pasados haga click en los siguientes botones:

2011   2013   2014-2015   2016

2017  2018   2019

¿Qué viene?

El proceso continúa con la emisión del Informe 301 por parte del USTR, a finales de marzo próximo. En el informe se consolidarán los comentarios recibidos y se juzgará la actuación de cada socio comercial frente a las quejas de las corporaciones.

Estaremos atentos a compartir y reflexionar sobre lo que la versión 2020 del informe comente sobre Colombia, así como sobre los comentarios que sobre el país hayan allegado los  gremios farmacéuticos multinacionales.

 

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