Acuerdo comercial UE-Mercosur: un mal acuerdo para la transparencia, la coherencia política y el acceso a los medicamentos*

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El pasado mes de diciembre de 2017 acompañamos una carta liderada y promovida por Health Action Internacional dirigida a los jefes de los equipos de negociación del acuerdo comercial entre la Unión Europea y Mercosur mediante la cual exigimos que las partes se nieguen a aceptar la aplicación de mecanismos de solución de controversias entre inversionistas y estados (ISDS) a cualquier problema relacionado o que tenga implicaciones para la salud pública, incluyendo pero no limitado a la protección de propiedad intelectual, regulación de precios, selección de formulario y público adquisición de medicamentos. Además, cualquier texto aprobado debe respaldar explícitamente la Declaración de Doha sobre los ADPIC y la Salud Pública, y no incluir medidas que vayan más allá del Acuerdo sobre los ADPIC que puedan obstaculizar el cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3.8, como la exclusividad de los datos o las CCP. Además hicimos énfasis en que todas las partes deberían acordar una evaluación de impacto para evaluar los efectos de cualquier cláusula de propiedad intelectual sobre el acceso a los medicamentos ya que los hallazgos de dicha evaluación se harían públicos e implicarían la renegociación de esas cláusulas si se determina que son negativas para el interés público.
Presentamos a continuación la nota de contexto de HAI (traducción propia).
*Fuente: HAI por Jaume Vidal

La Unión Europea (UE) y el Mercosur han estado negociando un acuerdo de libre comercio durante los últimos 16 años, y las conversaciones han aumentado en los últimos 15 meses. Las negociaciones están a punto de concluir y cada vez hay más preocupaciones entre los defensores de la salud pública, las organizaciones de pacientes y consumidores y otras partes interesadas, tanto en Europa como en las Américas. Preocupan con razón cómo se han llevado a cabo estas conversaciones y el impacto que algunas de las disposiciones presentadas por la Comisión Europea (CE) podrían tener sobre el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en general, y el acceso sostenible a los medicamentos, en particular.

“Los ciudadanos de la UE y del Mercosur tienen derecho a saber lo que se está discutiendo, y se intercambia, en su nombre”

A pesar de los pedidos de transparencia y los compromisos con una mayor apertura, este acuerdo ha sido negociado en gran medida lejos de la vista del público. Teniendo en cuenta las posibles implicaciones para la vida y el bienestar de millones de personas, los ciudadanos de la UE y del Mercosur tienen derecho a saber qué se está debatiendo (y comerciando) en su nombre. Los representantes del sector privado, incluidas las compañías farmacéuticas, han obtenido un acceso mucho mayor a las delegaciones y documentos de trabajo de la CE y el Mercosur que otras partes interesadas y partes interesadas, como defensores de la salud pública, grupos de consumidores y otras organizaciones que forman parte del Comité Económico y Comité Social (CESE ).

Las evaluaciones de impacto sobre la sostenibilidad (EIS) constituyen un mecanismo clave para proporcionar a la CE ” un análisis en profundidad de los posibles impactos económicos, sociales, de derechos humanos y ambientales de las negociaciones comerciales en curso “. En el momento de redactar este informe, la EIS que trata este acuerdo aún no se ha publicado, y sus términos de referencia , desde marzo de 2017, solo se refieren a la salud en el dominio general de las políticas públicas, sin mención específica al acceso a los medicamentos.

Se ha dicho que, en contraste con la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (TTIP), o el Acuerdo Económico y Comercial Integral (AECG), no hay mecanismos de protección de los inversores en discusión en este punto de las negociaciones. Este es un paso bienvenido porque si estos mecanismos estuvieran sobre la mesa, podrían perjudicar la capacidad de las partes para tomar decisiones soberanas con respecto a la salud pública, como aplicar criterios de patentabilidad, establecer controles de precios de medicamentos o realizar compras conjuntas de productos farmacéuticos.

La CE ha expresado su compromiso con la Declaración de Doha sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y la Salud Pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC) (véase, por ejemplo, el Artículo 8.2 – Patentes y Salud Pública) a través de la propuesta de texto legal de la UE sobre el capítulo de derechos de propiedad intelectual del acuerdo comercial con Mercosur:

Las Partes reconocen la importancia de la declaración sobre el Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública, adoptada el 14 de noviembre de 2001 (en lo sucesivo, la” Declaración de Doha “) por la Conferencia Ministerial de la OMC. Al interpretar y aplicar los derechos y obligaciones en virtud de este Capítulo, las Partes garantizarán la coherencia con la Declaración de Doha “.

Cualquier medida que limite el espacio político para hacer uso de las flexibilidades, como las licencias voluntarias y obligatorias/uso del gobierno, o la importación paralela de medicamentos, contravendría el espíritu de la Declaración.

“Antes de que finalicen las negociaciones, nos gustaría que las partes se nieguen explícitamente a buscar mecanismos similares a los de solución de controversias entre inversores y estados”.

A pesar de que la CE había declarado que no buscaría medidas de protección de la propiedad intelectual en el Acuerdo sobre los ADPIC, el texto de negociación publicado en noviembre de 2016 incluía demandas como la extensión de los términos de protección de patentes y la exclusividad de los datos ( Artículo.10.2 ). Además, se informa que las CE proponen la inclusión de certificados de protección suplementarios (CPS) en el acuerdo; Los CPS son una extensión artificial del plazo de protección de la patente y su utilidad está siendo actualmente examinada por la propia CE a raíz de las demandas de los Estados miembros y la oposición de los defensores de la salud pública.

Antes de que finalicen las negociaciones, nos gustaría que las partes se nieguen explícitamente a buscar mecanismos similares a los de resolución de conflictos entre inversionistas y estados (ISDS) ante cualquier problema relacionado con, o que tenga implicaciones para, la salud pública. Esto incluye, pero no se limita a, protección de propiedad intelectual, regulación de precios, selección de formularios y adquisición pública de medicamentos. También esperamos que cualquier texto aprobado respalde explícitamente la Declaración de Doha y no incluya medidas que vayan más allá del Acuerdo sobre los ADPIC, lo que puede obstaculizar el ODS 3.8. Esto también debería aplicarse a otros acuerdos comerciales actualmente en negociación por la CE, con India, México y Nueva Zelanda.

Aguardamos con interés que todas las partes acuerden una evaluación de impacto que evalúe los efectos de cualquier cláusula de propiedad intelectual sobre el acceso a los medicamentos. Los resultados de dicha evaluación deben hacerse públicos e implican que la renegociación de esas cláusulas, si se encuentra, es negativa para el interés público. Finalmente, solicitamos a los gobiernos de Mercosur que defiendan la Declaración sobre Acceso a Medicamentos, Salud Pública y Propiedad Intelectual suscrita por los Ministros de Salud de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (y Chile como miembro asociado) en junio de 2017, con especial énfasis en los criterios de patentabilidad, la compra conjunta de medicamentos y la introducción de medicamentos genéricos y biosimilares.

EU-Mercosur Trade Agreement: A bad deal for transparency, policy coherence and access to medicines - Health Action International

by JAUME VIDAL, Policy Advisor - Europe The European Union (EU) and Mercosur have been negotiating a free trade agreement for the last 16 years, with talks picking up pace in the last 15 months. Negotiations are now nearing completion and there are increasing concerns among public health advocates, patient and consumer organisations, and other...

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